Consulta y modificación de datos

Contáctenos para consultar o modificar sus datos. Si lo prefiere, le esperamos en nuestras oficinas.

Transmisión de acciones: documentación y trámites

Puede descargar aquí el esquema resumen de transmisión de acciones: diferentes situaciones.

Si lo prefiere, le atendemos personalmente en nuestras oficinas (Passeig de Joan Brudieu, 17, de La Seu d’Urgell).
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Preguntas más frecuentes

1. ¿Cómo puedo actualizar mis datos como accionista?

Puede consultar o modificar sus datos rellenando este formulario.

2. ¿Qué necesito para traspasar o vender mis acciones?

Aquí tiene toda la información sobre la transmisión de acciones (pdf)

3. Qué debo hacer si he extraviado los títulos?

Si ha extraviado los títulos acreditativos de las acciones, puede consultar las indicaciones que figuran en los artículos artículos 547, 548 y 549 del Código de Comercio (Sección Segunda: Del robo, hurto o extravío de los documentos de crédito y efectos al portador)

4. ¿Cómo se cuentan los grados de parentesco de una persona con respecto a otra?
El parentesco lo regula el Código Civil (artículos 912 y siguientes). Lo define así:

Parentesco: vínculo existente entre personas que pertenecen a la misma familia.

El parentesco de una persona respecto de otra se determina por el número de generaciones que las separan. Cada generación es un grado. La sucesión de grados forma la «línea de sucesión».

La línea de sucesión puede ser:
-Recta o directa, formada por personas que ascienden o descienden unas de otras (abuelos, padres, hijos, nietos);
-O colateral, formada por personas que proceden de un mismo tronco común (hermanos, tíos, sobrinos).

La línea puede ser también:
-descendente, liga a una persona con aquellas que descienden de él (abuelos, padres, hijos, nietos);
-O ascendente, liga a una persona con aquellos de los que desciende (nietos, padres, abuelos).

El cómputo de los grados de parentesco se realiza de forma distinta según la línea de sucesión:

• En la línea recta o directa: Los grados se cuentan subiendo hasta el ascendiente o descendiente común. En la línea ascendente, el hijo dista un grado del padre, dos del abuelo y tres del bisabuelo; en línea descendente, el abuelo dista un grado del padre, dos del nieto y tres del biznieto.

• En la línea colateral: Los grados se cuentan primero subiendo hasta el tronco común (como en la línea recta) y después descendiendo hasta la persona con la que buscamos establecer el grado de parentesco. Ejemplos: El hermano dista dos grados del hermano (el primer grado sería el padre, en línea recta constituyendo el tronco común; el segundo sería el hermano que, también hijo de ese padre, dista otro grado de este último). Tres grados para el tío (el primer grado sería el padre, el segundo el abuelo y el tercero el hijo del abuelo, esto es, el tío). Cuatro grados para el primo (el primero sería el padre, el segundo el abuelo, el tercero el tío y el cuarto el primo).

También debe distinguirse entre:
-Parentesco por consanguinidad, respecto a la propia familia;
-Y el parentesco por afinidad, respecto de la familia del cónyuge, computándose los grados de la misma forma.